"Áreas urbanizadas dotadas al menos de redes de agua potable, drenaje de aguas pluviales, red vial pavimentada, evacuación de aguas servidas, energía eléctrica y alumbrado."
Ley 18.308 de Ordenamiento territorial y desarrollo sostenible.
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18308-2008/83